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domingo, 22 de enero de 2012

UN HOLDING EN GARCIA ROVIRA PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Por OSCAR ARLEY GÓMEZ BERRÍO (*)

Luego de más de 15 años de vigencia de la Ley 142 de 1994, por la cual se estableció el régimen de los servicios públicos domiciliarios; en García Rovira todos sus municipios, tanto los que optaron por asumir dicha prestación de manera directa, o como el caso de Málaga, que lo hace a través de una Empresa de economía mixta, han reflejado que su manejo no ha sido la mejor en términos de alcanzar la eficiencia y la calidad de los servicios que ofertan en cuanto a los servicios de agua, aseo y alcantarillado se refiere.

Bastaría recordar algunos aspectos para confirmar esta aseveración, como lo son, las reiteradas multas que les ha impuesto la Corporación Autónoma de Santander –CAS-, por el no pago o recaudo de la tasa retributiva; las impuestas por la Superintendencia de Servicios Públicos, por no ajustar o acatar el régimen tarifario, sanciones como el cerramiento de los basureros; la inoperancia de los comités de desarrollo y control social, el hecho de no haber podido consolidar las Plantas de tratamientos de residuos sólidos (PTARS), situación que algunos municipios han entendido y hoy traen sus basuras al Municipio de Málaga, pues han hecho en ejercicio económico en tanto que la cantidad de sus residuos no son suficientes para la implementación de una PTARS; sin embargo, el problema está en Málaga, que tampoco tiene una planta funcionando, tan solo un relleno ya colmatado;

Los problemas aun de cobertura, potabilidad y calidad del agua, hacen que, sin lugar a dudas y sin mayores dilaciones, se tenga que iniciar un trabajo regional mesurado pero factible en la búsqueda de dar respuesta a la política del gobierno nacional de allanarnos al crecimiento económico y generación de empleo; pues la orden dada a través del Decreto 398 de 2002 y 4251 de 2004, "Por el cual se reglamenta el inciso 3º del numeral 6.4 del artículo 6º de la Ley 142 de 1994", no solo es perentoria, sino que obliga a implementar una gestión propia de quienes participan en la prestación de los citados servicios, a fin de alcanzar eficiencia y calidad esperada de los mismos.

Para ello es necesario una de dos cosas: o bien las empresas públicas de Málaga se convierten en un Operador especializado en el inmediato plazo, ni siquiera en el corto, o por lo menos diez de los 12 Municipios de García Rovira, se unen a través de “UN HOLDING PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE AGUA ALCANTARILLADO Y ASEO REGIONAL”. Que de un lado permita dar respuesta a los retos de la legislación y la política Nacional en este tema, garantizando la eficiencia y calidad en la prestación de los servicios, demostrando a través del holding una verdadera capacidad técnica, administrativa y financiera con responsabilidad social para llegar a operar y controlar toda la cadena del proceso de estos servicios en los municipios conglomerados (recolección, reciclaje, construcción red de alcantarillado, manejo de materias primas para la operación de los servicios, producción de material orgánico y su comercialización entre otros).

Un Holding en el que cada municipio es dueño de la empresa, de acuerdo a su porcentaje de participación, con asiento en la junta directiva, maximizando sus recursos económicos, logrando la sinergia esperada dentro del proceso o encadenamiento productivo, reduciendo al máximo la carga tributaria, pues esta ya no se daría, respecto de cada municipio, individualmente considerado, sino sobre una sola empresa: el “conglomerado”, y además obtener el apoyo tanto de la bolsa del Ministerio de Ambiente, CAS y Plan Departamental de Aguas.

De otro lado, la unión territorial o empresarial planteada por medio del Holding, sería la forma o manera de Blindar la Provincia de la privatización de estos servicios o, sencillamente, de que nos veamos avocados a que sea una empresa foránea, con mayor capacidad técnica, administrativa y financiera, quien sea en adelante la operadora de estos servicios, pues sin duda alguna a la fecha todos los municipios de García Rovira están incurso en alguna de las causales señaladas en el inciso 3º del numeral 6.4 del artículo 6º de la Ley 142 de 1994, y por tanto se verían obligadas a convocar públicamente a las diferentes empresas nacionales o internacionales para la prestación de tales servicios como ya lo ha pretendido EMPAS en varias ocasiones o ¿qué tal que el SINDICATO ANTIOQUEÑO se presentara por medio del grupo GEA con tal pretensión?

Puesto que, no es descabellado, si se tiene presente que los municipios de García Rovira manejaran cada uno como mínimo más de $3 mil millones anuales, por cuenta de los Planes Maestros de Acueducto, cifra que persuade a cualquiera de las empresas con una capacidad instalada y que comprende que en nuestra región, en poco tiempo, no habrá problemas de movilidad o de acceso vial.

(*) Doctor OSCAR ARLEY GÓMEZ BERRÍO

Ex Personero de varios municipios de García Rovira y actual Registrador de Instrumentos Públicos en Concepción.